Investigación
Convenios y contratos de Colaboración con empresas. (Articulo 83 de la LOU)
Los trámites la firma de estos Convenios/Contratos de colaboración son los siguientes:
- Remisión del modelo a la Empresa o institución.
- Revisión por parte de la Fundación del modelo de Convenio, una vez cumplimentado por la Empresa. (En caso de hubieran discrepancias sobre algún punto se realizaran las modificaciones oportunas y se revisarán hasta visto bueno por ambas partes).
- Firma por duplicado del Convenio y remisión de cada una de las copias a cada parte implicada.
- El Director /responsable del Convenio deberá enviar a la Fundación los anexos 1, 2 y 3 al Convenio debidamente firmados. Estos anexos formaran parte integrante del Convenio.
- Una vez firmado del convenio se le asignara un número y un nombre y se archivara la copia en papel y en formato electrónico.
- Si la gestión del convenio implica una gestión económica, la fundación llevara a cabo de facturación según lo estipulado en el apartado económico del convenio, informando al Director/responsable del mismo en cada momento.
- La Fundación remitirá a la Empresa la factura por duplicado.
- Una vez se haya realizado por parte de la empresa o institución el pago de la factura, el Director/responsable del Convenio podrá pasar a la Fundación los gastos derivados de la realización del mismo pudiendo utilizar los impresos de justificación de gastos. Los gastos del Convenio deberán ajustarse al Presupuesto del convenio (Anexo 3).
- Nombramiento de becarios de investigación.
Los Directores/responsables de los convenios, contratos o proyectos de investigación, podrán asignar fondos para becas de quienes colaboren en su ejecución. El nombramiento de los becarios deberá ajustarse a los siguientes términos:- 9.1. La duración de la beca no podrá exceder de la que corresponda al convenio. Podrán hacerse nombramientos por perÃodos inferiores al mismo, renovables hasta la finalización del convenio.
- 9.2. Las becas son incompatibles con cualquier otra beca, asà como con sueldos o salarios que impliquen vinculación contractual.
- 9.3. Para el nombramiento de becarios con cargo a convenios de investigación, deberán aportarse los siguientes documentos:
- 9.3.1.- Propuesta individualizada de designación de becario.
- 9.3.2.- Declaración jurada de no percepción de ingresos incompatibles con la beca.
- 9.3.3.- Informe del proponente de la beca sobre la adecuación del becario a la actividad objeto del proyecto.
- 9.3.4.- Aceptación de la beca por el becario.
- 9.3.5.- Curriculum vitae del becario.
- 9.3.6.- Fotocopia compulsada del tÃtulo académico o del documento acreditativo del abono de los derechos para la expedición del tÃtulo, o bien certificado de estudios, en caso de no estar todavÃa en posesión de tÃtulo académico.
- 9.3.7.- Fotocopia DNI/NIF.
- 9.3.8.- Impreso de comunicación de datos a efectos del I.R.P.F.
- 9.4.-. Los becarios gozarán del seguro de accidentes, con cargo al presupuesto del proyecto, convenio o contrato.
- Prórrogas.
Los Convenios/contratos podrán ser prorrogados con arreglo a lo estipulado en los mismos, en caso de prórroga, será necesaria la firma de un anexo al Convenio/contrato inicial.